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Fundaciones de Interés Privado: Principales Características y Beneficios

Las Fundaciones de Interés Privado en Panamá han emergido como una herramienta jurídica eficaz para la protección y administración de patrimonios. Estas fundaciones están reguladas por la Ley 25 del 12 de junio de 1995 y por el Acta Fundacional, lo que las convierte en una opción segura y flexible para personas y empresas que buscan confidencialidad en la gestión de sus bienes. En este artículo, exploraremos las principales características y ventajas de estas fundaciones, junto con los detalles necesarios para su constitución y administración.

Nuestra firma, Delvalle & Delvalle, con vasta experiencia en derecho corporativo y fundaciones, ofrece un servicio integral que garantiza la creación de una Fundación de Interés Privado ajustada a las necesidades específicas de cada cliente, respetando las leyes locales y los objetivos patrimoniales y sucesorios del fundador.

Fundación de Interés Privado en Panamá

¿Qué es una Fundación de Interés Privado?

Una Fundación de Interés Privado es una figura jurídica en la que una persona natural o jurídica transfiere bienes de su propiedad a la fundación, con el propósito de proteger y administrar estos bienes a favor de un beneficiario, que puede ser el mismo fundador o una tercera persona. A diferencia de otras estructuras, como las sociedades anónimas, las fundaciones no tienen accionistas ni socios, lo que refuerza su carácter confidencial. Esto permite que una persona constituya su propia fundación sin necesidad de transferir los bienes a un tercero.

Con la ayuda de expertos en el tema, como los abogados de Delvalle & Delvalle, es posible crear una fundación que no solo proteja el patrimonio de posibles demandas judiciales, secuestros, embargos o divorcios, sino que también ofrezca una confidencialidad significativa, ya que los beneficiarios no aparecen en ningún documento público.

Características Clave de las Fundaciones de Interés Privado

Las Fundaciones de Interés Privado presentan una serie de características que las distinguen de otras estructuras jurídicas, lo que las hace particularmente atractivas para la planificación patrimonial:

  1. Fundador: El fundador es la persona natural o jurídica que crea la fundación y transfiere sus bienes a esta. Mantiene el control sobre la administración de estos bienes a través del Consejo Fundacional.

  2. Consejo Fundacional: Este órgano es responsable de la administración de la fundación y de representar a la misma ante el Estado y terceras personas. Existen dos tipos de Consejo Fundacional:

    • Personas Naturales: El consejo está integrado por tres personas naturales de cualquier nacionalidad. Los nombres y direcciones de estas personas aparecen en el Acta Fundacional. Para aquellos que deseen preservar su privacidad, Delvalle & Delvalle ofrece el servicio de "Consejo Nominativo", en el que nosotros proporcionamos los miembros del consejo.
    • Personas Jurídicas: Puede ser una persona jurídica, ya sea nacional o extranjera, la que cumpla el rol de Consejo Fundacional.
  3. Beneficiarios: Los beneficiarios son las personas o instituciones que recibirán los beneficios de la fundación. El propio fundador puede designarse como beneficiario, sin necesidad de hacer pública esta información.

  4. Protector (Opcional): El protector es una figura adicional que puede ser nombrada por el fundador para supervisar el cumplimiento de los fines y objetivos de la fundación. Este rol puede ser desempeñado por una persona natural o jurídica, y su función es garantizar que los bienes sean administrados conforme a los deseos del fundador.

Beneficios de las Fundaciones de Interés Privado

Las Fundaciones de Interés Privado ofrecen numerosos beneficios para aquellos que buscan una estructura segura, confidencial y flexible para la protección de sus bienes:

  1. Protección Patrimonial: Al estar los bienes bajo la propiedad de la fundación, quedan protegidos frente a posibles demandas judiciales, embargos, secuestros o divorcios. Esta protección es particularmente útil para empresarios o personas con patrimonios significativos.

  2. Confidencialidad: Una de las características más valoradas de estas fundaciones es la confidencialidad. Los nombres de los beneficiarios no aparecen en ningún documento público, lo que asegura la privacidad en la gestión de los activos. Delvalle & Delvalle garantiza que todos los procedimientos se realicen de manera confidencial y conforme a la legislación vigente.

  3. Flexibilidad: Estas fundaciones permiten una amplia libertad para gestionar los activos y modificar tanto los beneficiarios como los fines de la fundación a lo largo del tiempo. Esta flexibilidad es ideal para adaptarse a las necesidades cambiantes del fundador.

  4. Beneficios Fiscales: En Panamá, las fundaciones de interés privado disfrutan de ciertos beneficios fiscales, como la exención de impuestos sobre los ingresos generados fuera del país. Esto convierte a Panamá en una jurisdicción atractiva para aquellos que buscan ventajas fiscales. Con el respaldo de Delvalle & Delvalle, los clientes pueden maximizar estos beneficios cumpliendo con las normativas fiscales locales e internacionales.

Casos Comunes para Utilizar Fundaciones de Interés Privado

Las Fundaciones de Interés Privado son ampliamente utilizadas en diversos escenarios, ofreciendo una solución eficiente y segura para la protección de bienes. Algunos de los casos más comunes incluyen:

  • Planificación Patrimonial y Sucesoria: Estas fundaciones permiten organizar la transmisión de bienes de manera ordenada, evitando complicados procesos judiciales de herencia. La fundación actúa como un vehículo eficiente para la sucesión, asegurando que los activos se distribuyan conforme a los deseos del fundador.

  • Protección de Activos ante Riesgos Legales: Aquellos que enfrentan riesgos de demandas o embargos encuentran en las fundaciones un refugio seguro para sus bienes, protegiéndolos de amenazas legales al estar en manos de una entidad jurídica separada.

  • Filantropía y Donaciones: Las fundaciones también son ideales para fines filantrópicos, permitiendo establecer fondos para causas benéficas a largo plazo.

  • Propiedad de Empresas y Activos Internacionales: Estas fundaciones facilitan la administración de activos en múltiples jurisdicciones, permitiendo a los fundadores gestionar sus propiedades y negocios a nivel global.

Beneficios fiscales de las Fundaciones de Interés Privado

Las Fundaciones de Interés Privado son una herramienta robusta y flexible para la protección patrimonial, la planificación sucesoria y la gestión de bienes, ofreciendo confidencialidad y beneficios fiscales significativos. La estructura jurídica de estas fundaciones, regulada por la Ley 25 del 12 de junio de 1995, las convierte en una solución versátil para quienes buscan seguridad y privacidad en la administración de sus activos.

Es fundamental contar con la asesoría legal adecuada para maximizar los beneficios de estas fundaciones. En Delvalle & Delvalle, nuestra experiencia en la constitución y administración de Fundaciones de Interés Privado nos permite guiar a nuestros clientes en cada paso del proceso, garantizando un servicio integral y ajustado a sus necesidades. Si está interesado en proteger su patrimonio o planificar su sucesión, programe una cita con nuestros abogados para evaluar su caso y determinar la mejor solución para sus objetivos económicos y fiscales.

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